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Mavaline
Nacionalidad:
Venezolana
Reside en:
La Haya , Holanda
 
 

"La oportunidad que he tenido de vivir fuera de mi país, en mi caso en particular, ha sido muy fructífera, aún y cuando, me encuentro lejos de mi Venezuela, es por estos lares donde la he descubierto, al punto de que, lo que un día fuere un un remoto proyecto hoy se ha convertido en un libro.."

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  Todo lo que necesita saber para emigrar a...| España | Educación

Como estudiar en España, Becas, Universidades, Alojamiento, Prueba de Selectividad


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  •   Educación


    En esta sección encontrara información relativa a la educación en España, desde la estructura del sistema educativo, pasando por como encontrar un colegio para sus hijos, pasos para homologar su titulo, hasta las pruebas que debe presentar para ingresar a la universidad. Adicionalmente encontrara la respuesta a una serie de dudas comunes que se le presentan a los inmigrantes relacionadas a este tema al momento de llegar a España como por ejemplo si tiene o no derecho a trabajar mientras estudia.



    Para encontrar información mas detallada visite las secciones que se muestran a continuación:

  • Estructura General
  •  
  • Visa de Estudiante
  • La Enseñanza Preescolar
  •  
  • Solicitud de estancia legal para estudiantes
  • La Enseñanza Primaria
  •  
  • ¿Puede obtener una autorización para trabajar mientras estudia ?
  • La Educación Secundaria
  •  
  • ¿Puede traer sus familiares a España mientras estudia ?
  • El Bachillerato
  •  
  • Requisitos para la homologación de títulos en España
  • La Formación Profesional
  •  
  • Homologación de Títulos Universitarios
  • Universidad
  •  
  • ¿A qué requisitos deben ajustarse los documentos expedidos en el extranjero?
  • Enseñanzas de régimen especial
  •  
  • ¿Cuándo son devueltos los títulos originales que se presenten junto con la solicitud de homologación?
  • Educación especial
  •  
  • ¿Cuál es el procedimiento de homologación?
  • Educación de las personas adultas
  •  
  • Legalización de documentos para España
  • A la hora de buscar colegio
  •  
  • ¿Cuáles son los países que han suscrito dicho convenio?
  • A la hora de buscar Universidad
  •  
  • ¿Qué países han firmado el Convenio Andrés Bello?
  • ¿Cómo ingresar a la universidad en España?
  •  
  • Pasos para continuar estudios universitarios en España
  • La Prueba de Selectividad
  •  
  • Costos de los estudios universitarios en España
  • ¿En qué consiste la prueba de selectividad?
  •    






    Estructura General

    El sistema educativo español se encuentra actualmente en un proceso de reforma global de todas sus etapas y niveles de enseñanza, como consecuencia de la implantación progresiva de las nuevas enseñanzas establecidas en la LOGSE en 1990, que afecta a la estructura del sistema, al currículo, a la organización del profesorado, a los centros y a otros aspectos.

    La LOGSE estructura el sistema educativo en enseñanzas de régimen general y enseñanzas de régimen especial. Se incluyen dentro de las primeras la educación infantil, la educación primaria, la educación secundaria (que comprende la educación secundaria obligatoria, el bachillerato y la formación profesional específica de grado medio), la formación profesional específica de grado superior y la educación universitaria.

    Como enseñanzas de régimen especial se contemplan las enseñanzas artísticas y la enseñanza de idiomas. Se regulan también la educación de las personas adultas y la educación especial, así como las acciones educativas cuyo objetivo primordial es la compensación de las desigualdades. La educación universitaria se regula en la LRU.

     

    Enseñanza Preescolar

    Prevista para niños de hasta seis años de edad. No es obligatoria, pero la Administración debe garantizar la existencia de un número de plazas suficiente para poder escolarizar a todos los niños para los que se solicite. Se reconoce el carácter educativo de este período, cuya finalidad es contribuir al desarrollo físico y personal.


    La Enseñanza Primaria


    Es obligatoria y gratuita entre los seis y los doce años de edad, organizado en tres ciclos de dos años cada uno. Es una etapa educativa, obligatoria y gratuita. Su finalidad es promover la socialización de los niños y niñas, favorecer su incorporación a la cultura y contribuir a la progresiva autonomía de acción en su medio. La metodología didáctica tiene un carácter personal y se adapta a los distintos ritmos de aprendizaje de cada niño en una evaluación continua y global.


    La Educación Secundaria


    Etapa educativa obligatoria y gratuita para personas en edad escolar que se extiende a lo largo de cuatro años después de la etapa de educación primaria. El alumno comienza esta etapa a los doce años y finaliza a los dieciséis. Proporciona la formación necesaria para proseguir estudios tanto de Bachillerato como de Formación Profesional de grado medio. Posteriormente los estudiantes pueden acceder a un curso de formación profesional durante uno o dos años, o bien los dos años de los cursos de bachillerato como preparación para la entrada en la universidad.


    Bachillerato


    Última etapa de la Educación Secundaria, tiene carácter voluntario y su duración es de dos cursos, normalmente entre los dieciséis y los dieciocho años. Estos estudios imparten una formación general, que favorece una mayor madurez intelectual y personal, así como una mayor capacidad para adquirir una amplia gama de saberes y habilidades, pretende también asegurar las bases para estudios posteriores, tanto universitarios como de formación profesional, permite por último encauzar a los alumnos en sus preferencias e intereses.


    La Formación Profesional


    La formación profesional proporciona el conjunto de enseñanzas que capacitan para el desempeño cualificado de las distintas profesiones. Incluye igualmente aquellas otras acciones que, dirigidas a la formación continua en las empresas y a la inserción y reinserción laboral de los trabajadores, se desarrollen en la formación profesional ocupacional, que se regulará por una normativa específica.

    La formación profesional de base queda integrada en la formación general, tanto en la educación secundaria obligatoria como en el bachillerato, con el fin de facilitar una formación básica de carácter profesional pero sin circunscribirse a las enseñanzas específicamente orientadas a una profesión.

    La formación profesional específica constituye la formación estrictamente profesional. Está concebida como una etapa terminal y se estructura en dos grados: la formación profesional de grado medio y la formación profesional de grado superior.

    El primero de ellos se inserta inmediatamente después de la educación secundaria obligatoria y para acceder a él es necesario hallarse en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria.

    Para cursar la formación profesional de grado superior se requiere el título de Bachiller, pudiéndose además exigir haber cursado determinadas materias del bachillerato en concordancia con los estudios profesionales a los que se quiere acceder.

    No obstante, es posible acceder a la formación profesional específica en cualquiera de sus dos grados- sin cumplir los requisitos académicos establecidos, siempre que el aspirante demuestre tener la preparación suficiente para cursar con aprovechamiento estas enseñanzas, superando una prueba específica. Para acceder por esta vía a la formación profesional específica de grado medio se requiere tener cumplidos 18 años de edad, y tener 20 años de edad para acceder al grado superior.

    Los alumnos que superen las enseñanzas de formación profesional específica de grado medio y de grado superior recibirán, respectivamente, el título de Técnico y de Técnico Superior de la correspondiente profesión. Con el primero se puede acceder a las modalidades de bachillerato que se determinen, teniendo en cuenta su relación con los estudios de formación profesional correspondientes. El segundo permite acceder a las enseñanzas universitarias que guarden relación con los estudios de formación profesional anteriormente cursados.


    Universidad


    Las Universidades son entidades autónomas con capacidad de establecer su propia oferta formativa. Los estudiantes tienen la posibilidad de cursas sus estudios superiores en la Universidad Pública que deseen, independientemente de su lugar de origen (Distrito Abierto).
    Decir por último, que en España, existen centros públicos y privados éstos últimos en su gran mayoría están subvencionados por el Estado.

    El sistema universitario tiene, generalmente, tres ciclos: el primero, que lleva al grado de diplomado, dura tres cursos; el segundo ciclo dura dos o tres cursos y, al finalizar, se alcanza el grado de licenciatura; y los estudiantes que quieran obtener el grado de doctor deben completar un tercer ciclo de dos cursos y redactar y defender públicamente una tesis. Hay también numerosas opciones universitarias adaptadas a la normativa de la Unión Europea (UE, anteriormente Comunidad Europea), que constan de cuatro cursos.

    En resumen para pregrado:

    Ciclos

    Título otorgado

    Años de estudio

    Primer ciclo

    Diplomado
    Ingeniero Técnico
    Arquitecto Técnico
    Maestro

    3 años impartido en un solo ciclo de estudio

    Segundo ciclo

    Licenciado
    Ingeniero
    Arquitecto

    5 años impartidos en dos ciclos de estudios

     

    Médico

    6 años impartidos en dos ciclos de estudios

    Y para postgrado:

    Ciclos

    Títulos otorgado

    Años de estudio

    Tercer ciclo

    Doctor

    Estudios posteriores al segundo ciclo de estudios.

     

    Master
    Especialista
    Experto

    Estudios posteriores al segundo ciclo de estudios. Conocidos como "Títulos Propios de Postgrados", impartidos por las universidades.



    Enseñanzas de régimen especial

    Las enseñanzas de régimen especial que define la LOGSE comprenden las enseñanzas artísticas (música, danza, arte dramático, artes plásticas y diseño) y la enseñanza de idiomas, pero se faculta al Gobierno para establecer nuevas enseñanzas de este régimen si así lo aconsejara la evolución de las necesidades educativas.

    Asimismo, los estudios de la especialidad de conservación y restauración de bienes culturales tienen el carácter de estudios superiores. Su titulación es equivalente a la de diplomado universitario.


    Educación especial

    En la LOGSE se contemplan también los mecanismos necesarios para la atención a alumnos con necesidades educativas especiales. El concepto de necesidades educativas especiales está en relación con la idea de diversidad de los alumnos. Todos los alumnos precisan a lo largo de su escolaridad diversas ayudas pedagógicas individuales, de tipo técnico o material, que tienen por objeto asegurarles la consecución de los fines generales de la educación. La atención a las necesidades educativas especiales se dirige también a aquellos alumnos que, de forma complementaria y más especializada, pueden precisar otro tipo de ayudas menos usuales.

    La atención a las necesidades educativas especiales se define como el conjunto de apoyos y adaptaciones que el alumno necesita para realizar sus procesos de desarrollo y aprendizaje dentro del sistema educativo en centros ordinarios. La escolarización diferenciada en unidades o centros específicos de educación especial sólo se llevará a cabo cuando las necesidades del alumno no puedan ser atendidas en un centro educativo ordinario. Dicha situación será revisada periódicamente, de modo que pueda favorecerse, siempre que sea posible, el acceso de los alumnos a un régimen de mayor integración.


    Educación de las personas adultas

    La LOGSE regula también la educación de las personas adultas y establece que la educación permanente es el principio de todo el sistema educativo. Se pretende superar la concepción histórica de una educación de adultos concebida con carácter compensatorio y en ámbitos relacionados con la alfabetización y la compensación del fracaso escolar. Dentro de este marco de la educación permanente, la educación de las personas adultas tiene por objeto preparar a los alumnos para aprender por sí mismos y facilitar la incorporación de estas personas a las distintas enseñanzas, garantizándoles que puedan adquirir, actualizar, completar o ampliar sus conocimientos y aptitudes para su desarrollo personal y profesional. Estas enseñanzas se pueden cursar en dos modalidades: presencial y a distancia.

    Más información en:

    http://www.mecd.es/educacion/siseduc.html

    http://www.campus-oei.org/quipu/espana/index.html



    A la hora de buscar colegio

    Colegios: En relación con los colegios se pueden clasificar en:

    Públicos: Aquellos que son de titularidad pública y dependen de las diferentes Comunidades Autónomas, su coste es gratuito.

    Concertados: Aquellos centros privados que cumplen una serie de requisitos y están subvencionados por la Administración Pública, su coste es gratuito, aunque algunos centros cobran cantidades que se abonan en concepto de vestuario, material escolar etc., que puede variar de un centro a otro y siempre son cantidades pequeñas.

    Privados: Centro de titularidad privada y cuyo coste depende de muchos factores, como precio de la matrícula, mensualidades y servicios incluidos o no, en estos costes, como transporte, comedor, clases especiales, deportes, instalaciones etc. Los costes mínimos están en orden a los 200€ mensuales y los máximos dependen de los Servicios que se acuerden y del tipo de centro pudiendo llegar por encima de los 500€.
    En todo caso además en cada Comunidad Autónoma puede haber especiales consideraciones.

    Horarios
    :

    Difieren según el nivel escolar que se estudie y según los colegios como ejemplo:

    Preescolar de 9h a 12.30h y de 15h a 17.15h.
    Primaria de 9h a 12.30h y de 15.30h a 17.30h.
    Secundaria de 8.30h a 14.30h.
    Bachiller de 8h a 14.30h.
    Formación de grado medio y superior de 9h a 15h.

    Plazo de matriculación: En general comienza la presentación de solicitudes en el mes de abril, habiendo un plazo extraordinario en septiembre para los ciclos de formación de grado medio y superior, posteriormente en el mes de junio o julio según el nivel escolar de que se trate se formaliza la matrícula, en el caso de las solicitudes extraordinarias en septiembre la matrícula se realiza en este mes.

    Calendario escolar: Puede haber variaciones entre las distintas Comunidades Autónomas no obstante las fechas de comienzo son a mediados de septiembre y finalizan en el mes de junio, habiendo unos periodos de vacaciones en Navidad, Semana Santa y Verano.

     


    A la hora de buscar Universidad

    Después de Inglaterra e Irlanda, España se ha convertido en el tercer país europeo de destino de estudiantes universitarios extranjeros. En la actualidad, el 36% de los alumnos extranjeros proceden del continente americano y, dentro de este renglón, el 31% son latinoamericanos. Otro 29% lo componen los alumnos europeos, siendo el 22% de la Unión Europea. El mundo árabe proporciona un 14% de los estudiantes extranjeros, el continente africano un 12% y el asiático el 9%.

    También se ha convertido en uno de los países más solicitados para el intercambio. La entrada de España en la Unión Europea supuso un flujo constante de estudiantes provenientes de los países miembros de la misma, entre otras razones por las grandes ayudas que la Unión proporciona en materia de intercambios.

    En los últimos años, se evidencia un crecimiento progresivo de universitarios provenientes de países sudamericanos y asiáticos, para quienes los destinos predilectos son Barcelona, Madrid, Salamanca, Granada y Sevilla.

    Las mayores universidades públicas de España son la Universidad Complutense de Madrid, la Universidad Politécnica de Madrid (1971), la Universidad de Barcelona (1450), la Universidad de Granada (1526), la Universidad de Salamanca, la Universidad de Sevilla (1502) y la Universidad de Valencia (1500). También se pueden cursar estudios superiores a través de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED).

    A continuación puede encontrar un enlace que le permitirá acceso a las páginas de la mayoría de las Universidades españolas:

    http://www.rediris.es/recursos/centros/univ.es.html o

    http://www.campusred.net/universidades/asp/seleccionperfil.asp


    ¿Cómo ingresar a la universidad en España?

    Lo primero que debe obtener es la aceptación en una universidad española. Posteriormente deberá solicitar una visa de estudiante ante el Consulado de España. Generalmente se recomienda a los estudiantes extranjeros que inicien los trámites de solicitud con al menos 6 meses de anticipación a la fecha de inicio del curso elegido, aunque el proceso de selección y aceptación en una universidad puede demorar mucho más tiempo.

    Los requisitos de admisión varían de universidad en universidad, pero existen una serie de requisitos básicos que debe tener listos:

    • Carta de aceptación de una institución educativa española.
    • Pasaporte al día.
    • Formulario de solicitud de visa.
    • Validación de credenciales académicas (homologación y equivalencias).
    • Constancia de estudios actuales y anteriores.
    • Legalización de documentos académicos ante autoridades de tu país.
    • Partida de nacimiento.
    • Currículo.
    • Demostración de solvencia financiera (constancia de beca o patrocinante).
    • Cartas de referencia y recomendación.
    • Fotografía tamaño carnet.
    • Demostración de incentivos para regresar.
    • Examen médico.
    • Pago de costos por procesamiento.

    Si desea obtener más información sobre esta documentación visite la siguiente sección relativa al proceso de estudiar de aemigrar.com

    http://www.aemigrar.com/preguntas/estudiar.php

    Antes de ser admitido en una universidad española debe presentar una prueba llamada “selectividad”, la cual es equivalente a la prueba de aptitud académica la cual es un requisito para cursar estudios de pregrado. No se pueden cursar estudios universitarios, accediendo desde Bachillerato, sin superar la selectividad. Los extranjeros pueden presentar los exámenes correspondientes a través de la Universidad Nacional de Educación a Distancia de España (UNED), la cual organiza una prueba de selectividad específicamente para alumnos extranjeros. En algunos casos el examen puede presentarse desde el país de origen del interesado o en la universidad en la que desea estudiar.

    Las autoridades de la UNED pueden contactarse a través de los siguientes números telefónicos:

    Sección de Pruebas de Aptitud para el Acceso a la Universidad
    Teléfonos: +34-913-986612 / 986613
    Fax: +34-93-986679

    Una vez superada la selectividad se debe proceder a solicitar una vacante en la estructura académica superior, a través de los sistemas de preinscripción oficiales. Los plazos de preinscripción se abren a mediados de junio. La solicitud de preinscripción debe realizarse directamente en la universidad a la que se desea ingresar o en la que se ha realizado el examen de selectividad, si no ha sido en la UNED.

    Para un latinoamericano con nacionalidad española o de cualquier país de la Unión Europea, la solicitud de plaza se atenderá junto con la del resto de alumnos españoles en el llamado Cupo General. Mientras que un alumno internacional, tendrá que solicitar plaza a través del Cupo de Extranjeros, el cual representa 3% máximo de las vacantes ofertadas.

    Si el estudiante ya tiene un título universitario obtenido en su país de origen y pretende cursar estudios de tercer nivel (Doctorado, Maestría, Especialización) en España, el proceso es más sencillo. Debe acreditar ante la universidad que posee titulación equivalente a la exigida para los alumnos españoles. No se necesita validar u homologar el título que posee.


    La Prueba de Selectividad

    La Prueba de Aptitud para el Acceso a la Universidad o Selectividad tienen como finalidad evaluar la madurez académica de los estudiantes y comprobar el nivel de conocimientos adquiridos en el Bachillerato. De esta manera, garantizan que los futuros estudiantes universitarios hayan conseguido un determinado nivel de conocimientos. Las notas de la selectividad y del bachillerato ordenan las solicitudes del alumnado para realizar estudios donde la demanda supera la oferta. Una vez superada se puede mejorar presentándose tantas veces como sea necesario; contará la más alta de todas ellas. Las notas de las PAAU no caducan.

       Existen cuatro convocatorias como máximo para superar la selectividad. Si el alumno no se presenta a ningún examen no se considera agotada la convocatoria.

       La calificación definitiva para el acceso a los estudios universitarios se obtiene a partir de la nota global que obtengas en la prueba (40%) junto con la nota media del expediente académico del bachillerato (60%). Para acceder a la universidad deberás obtener una puntuación global igual o superior a 5.

    Cuando se presenta el examen, el interesado debe elegir una de las dos opciones que se le ofrecen: Ciencias o Ciencias Sociales-Humanidades. Desde luego, se debe elegir la que esté vinculada a los estudios que posteriormente se quieren iniciar. En ese momento también se tienen la opción de solicitar la universidad en la que se quiere estudiar.


    ¿En qué consiste la prueba?

       La prueba consta de dos partes: una común a todos los estudiantes y otra específica para la vía de acceso a la universidad que habrás escogido, en función de la modalidad de bachillerato que curses.

       Prueba común: se valorarán los conocimientos del estudiante sobre las materias comunes del bachillerato. Los ejercicios versarán sobre las materias siguientes:

    - Comentario de texto y Lengua española.

    - Lengua propia de la comunidad autónoma (en Catalunya, Galicia, Islas Baleares, Navarra, País Vasco y Valencia).

    - Lengua extranjera (inglés, francés, alemán o italiano).

    - Filosofía.

       Prueba específica: se evaluarán los conocimientos específicos de las materias propias de la modalidad de bachillerato que hayas cursado. Constará de tres ejercicios: dos serán de las materias vinculadas a la vía de acceso que hayas escogido previamente y el otro será sobre una tercera materia de libre elección entre las de tu modalidad.

    Las Pruebas in situ : La duración de cada uno de los ejercicios será de una hora y media. Para la realización de los ejercicios, podrá utilizar, cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma en la que se halle el centro en el que lo examine. No obstante, los ejercicios correspondientes a lengua castellana, lengua cooficial propia de la Comunidad Autónoma e idioma extranjero deberán desarrollarse en las respectivas lenguas.

    A continuación podrá encontrar una selección de ejemplos de exámenes de selectividad para que tengas una referencia sobre el contenido de la prueba en años anteriores.

    http://www.educaweb.com/esp/secciones/seccion.asp?sec=1&op=8


    Visa de Estudiante

    El estudiante extranjero que pretenda realizar sus estudios en España deberá solicitar el correspondiente visado antes de su llegada, ante las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares españolas en su país, para ello deberá aportar documentación académica que acredite los estudios ya superados. Los nacionales de los países para cuya entrada inferior a 90 días no se les exige visado, no necesitan de visado de estudiantes para la realización de estudios inferiores a dicho periodo. Para obtener más detalles de esta visa visite la sección de de visas de aemigrar.com.


    Solicitud de estancia legal para estudiantes

    Una vez en España el estudiante extranjero ha de solicitar ante la Oficina de Extranjeros, Jefatura Superior o Comisaría de Policía de la localidad donde se encuentre, autorización para su estancia por el tiempo que se determine.

    Para obtenerla debe presentar documentación relativa a comprobar que:

    -Se cumplen todos los requisitos para la entrada y permanencia en España, incluido el visado para cursar o ampliar los estudios.

    -Que han sido reglamentariamente admitidos en cualquier centro docente o científico español, público o privado, para cursar o ampliar estudios o realizar trabajos de investigación o formación no remunerados laboralmente con indicación de un horario que implique la asistencia con una duración prevista no inferior a tres meses, incluyendo el plan de estudios, investigación o formación aprobado.

    -En el caso de estudiantes menores de edad no acompañados por sus padres, será necesario la autorización de éstos para el desplazamiento y para realizar los estudios, en la que conste el centro y el periodo de estancia previsto.
    -Tienen garantizados los medios económicos necesarios para sufragar el coste de sus estudios, su estancia y regreso a su país, y en caso, el de sus familiares.

    La duración de la autorización de estancia será igual a la del curso que este matriculado, es renovable y dejara de ser valida al terminar el periodo de sus estudios o al caducar por no ser renovada.


    ¿Puede obtener una autorización para trabajar mientras estudia ?

    Los extranjeros admitidos con fines de estudio no estarán autorizados para ejercer una actividad retribuida por cuenta propia ni ajena. Sin embargo, en la medida en que ello no limite la prosecución de los estudios, y en los términos que reglamentariamente se determinen, podrán ejercer actividades remuneradas a tiempo parcial o de duración determinada.

    La realización de trabajo en una familia para compensar la estancia y mantenimiento en la misma mientras se mejoran los conocimientos lingüísticos o profesionales se regularán de acuerdo con lo dispuesto en los acuerdos internacionales sobre colocación «au pair».

    Para la concesión de la autorización para trabajar, junto al modelo oficial de solicitud, se presentarán los documentos siguientes:

    Referidos al estudiante extranjero

    • Copia de su pasaporte, documento de viaje o cédula de inscripción en vigor. En el supuesto de que estén caducados, deberá aportarse copia de los mismos y de la solicitud de renovación.
    • Tarjeta de estudiante en vigor o solicitud de renovación de la misma.
    • Certificación expedida por el centro donde curse los estudios, referida al período y horario lectivo de los mismos y de las prácticas que, en su caso, se realicen.
    • Aquellos documentos que justifiquen que concurren, si son alegadas por el interesado, alguna de las preferencias señaladas en el artículo 71 del Real Decreto 864/2001, de 20 de julio, o que posee la titulación o capacitación exigida para el ejercicio de su profesión.

    Referidos a la empresa

    • El documento nacional de identidad o código de identificación fiscal y número de inscripción en la Seguridad Social, o documento acreditativo de hallarse exento.
    • Contrato de trabajo en el que figuren los elementos esenciales y las condiciones básicas de la prestación laboral. Cuando el contrato sea a tiempo parcial, deberá expresar el número y distribución de horas al día, a la semana, al mes o al año, durante las que el trabajador va a prestar sus servicios.
    • Memoria justificativa de las actividades de la empresa y del puesto de trabajo de que se trate.
    • Igualmente, se podrán solicitar los documentos que se consideren necesarios para acreditar la capacidad o solvencia del empleador para hacer frente a las obligaciones dimanantes del contrato .

    Puntos Importantes

    • Las solicitudes deberán dirigirse a las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno (Área de Trabajo y Asuntos Sociales) o a las Oficinas de Extranjeros, donde existan.
    • Las solicitudes se presentarán, en todo caso, antes del comienzo de la actividad de que se trate, sin que el ejercicio de la misma pueda iniciarse hasta haberse obtenido la autorización para trabajar. La solicitud de renovación de la autorización deberá presentarse con una antelación de un mes a la fecha de su expiración.
    • La competencia para resolver la solicitud de autorización para trabajar, en favor de estudiantes extranjeros, corresponderá a las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno (Área de Trabajo y Asuntos Sociales).
    • La entrega al estudiante extranjero de la nueva tarjeta, con la autorización para trabajar, se realizará por la Comisaría Provincial de Policía o, en su caso, por los servicios policiales de la Oficina de Extranjeros.

    ¿Puede traer sus familiares a Espa ña mientras estudia ?

    Los extranjeros que hayan obtenido un visado para estudios que conduzcan a la obtención de un título con validez académica o para investigación, o que se encuentren en España en el régimen de estudios, podrán solicitar los correspondientes visados de estancia para que sus familiares entren y permanezcan legalmente en España durante la duración de dichos estudios o investigación, no exigiéndose un período previo de estancia al estudiante extranjero, y pudiendo solicitarse dichos visados en cualquier momento desde la solicitud del visado de estudios por el estudiante o investigador.

    El término "familiar" se entenderá referido, a estos efectos, al cónyuge e hijos menores de 18 años o incapacitados, pudiendo extenderse, excepcionalmente, a otros familiares si concurren circunstancias de carácter humanitario que lo justifiquen.

    Los familiares del estudiante o investigador extranjero dotados del visado referido solicitarán, ya en España, una tarjeta de identidad de extranjero para permanecer legalmente en territorio español durante el mismo periodo, con idéntico estatuto que el estudiante o investigador, y vinculada a dicho estatuto.


    Requisitos para la homologación de títulos en España

    La homologación de títulos extranjeros de educación superior supone el reconocimiento de la equivalencia de un título extranjero respecto de un determinado título oficial español vigente con validez en todo el territorio nacional. Implica el reconocimiento del grado académico de que se trate, y conlleva el reconocimiento de los efectos profesionales inherentes al título español de referencia.

    Tanto la homologación como la convalidación puede ser solicitada por aquellos ciudadanos españoles o extranjeros, que hayan cursado estudios u obtenido un título oficial u oficialmente reconocido conforme a un sistema educativo extranjero, así como los que hayan cursado estudios en centro autorizados para impartir en España enseñanzas conforme a los sistemas educativos de otros países.

    Los alumnos que, procedentes de un sistema educativo extranjero, deseen incorporarse a alguno de los seis cursos de la Educación Primaria o hasta tercero de Educación Secundaria Obligatoria, no deben realizar trámite alguno de convalidación de sus estudios. La incorporación a los estudios correspondientes se realiza en el Centro en que el alumno desea continuarlos, de acuerdo con la edad y demás requisitos exigidos para cada curso. Esto implica que los cursos extranjeros equivalente a los seis de Educación primaria y a 1º y 2º de E.S.O. no necesitan convalidación.

    Los títulos o estudios deben cumplir los siguientes requisitos para su homologación o convalidación:

    • Que los estudios realizados y los títulos obtenidos tengan validez oficial en el sistema educativo del país al que correspondan. Si se han realizado en un centro extranjero ubicado en España, que dicho centro esté debidamente autorizado para impartir tales estudios por la Administración educativa española competente.
    • Que el título avale unos estudios efectivamente cursados conforme al sistema educativo del país que lo expide. No es aceptable, a efectos de su homologación en España, un título extranjero obtenido por homologación, convalidación o reconocimiento de otro título obtenido en un país tercero, ni los títulos obtenidos mediante pruebas de nivel, sin haber cursado estudios, salvo en los casos en que una norma lo contemple expresamente.
    • Que exista suficiente equivalencia con los estudios o el título español de referencia, tanto en el nivel académico al que corresponden, como en la duración y contenidos de los estudios requeridos.
    • Que los estudios conducentes al título español de referencia estén totalmente implantados en el sistema educativo español.
    • Que el curso o cursos objeto de convalidación estén completamente superados en el sistema educativo del otro país (no procede la convalidación de asignaturas sueltas). Además, se exigirá la superación completa de todos y cada uno de los cursos anteriores al curso objeto de homologación o convalidación.
    • Que el interesado no haya obtenido previamente en el sistema educativo español el mismo título o los mismos estudios cuya homologación o convalidación solicita.
    • Los estudios realizados en sistemas educativos extranjeros por alumnos procedentes del sistema educativo español serán objeto de homologación al título español de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o al de Bachiller, siempre que el alumno haya aprobado tantos cursos correlativos y completos como le quedaran pendientes para terminar la Educación Secundaria Obligatoria o el Bachillerato, respectivamente.
    Por tanto, no es posible, y se denegará, la homologación o convalidación de los siguientes títulos o estudios:

    Estudios cursados en centros extranjeros ubicados en España al margen de lo dispuesto en la normativa que regula el establecimiento y autorización de tales centros (actualmente, el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de centros docentes extranjeros en España). Títulos expedidos por instituciones u organismos extranjeros que avalan estudios realizados en centros españoles no conducentes a títulos con validez académica oficial.

    Títulos, diplomas, certificados o estudios cursados en organismos o instituciones, públicas o privadas, que no constituyen grados académicos ni forman parte del sistema educativo del país extranjero de que se trate.


      Homologación de Títulos Universitarios

    La concesión o denegación de homologación de títulos extranjeros de educación superior en España corresponde al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Para homologar el titulo junto a la solicitud se ha de acompañar los siguientes documentos:

    • Certificación acreditativa de la nacionalidad del solicitante. Dicha certificación ha de ser expedida por las autoridades competentes de su país. También se puede presentar fotocopia compulsada del documento nacional de identidad, en el caso de los ciudadanos españoles.
    • Título original cuya homologación se solicita o certificación original que acredite su expedición.
    • Certificación académica de los estudios realizados por el solicitante para la obtención del título cuya homologación se solicita, en la que consten, entre otros extremos, la duración de los mismos en años académicos y las asignaturas cursadas.
    • Cuando se trate de solicitudes de homologación de títulos de Doctor, se deberán acompañar también los documentos siguientes:
      • Memoria explicativa de la tesis realizada, redactada en castellano, así como un ejemplar de la misma, con indicación de los miembros que compusieron el jurado de la tesis y la calificación obtenida.
      • Fotocopia compulsada del titulo de Licenciado, si éste fue obtenido en una Universidad española, o credencial acreditativa de su homologación si fue obtenido en Universidad Extranjera.

    La documentación puede completarse con un currículum académico y científico del solicitante y con los programas correspondientes de las asignaturas en los que se refleje el contenido y amplitud con que fueron cursadas.


    ¿A qué requisitos deben ajustarse los documentos expedidos en el extranjero?

    Todos los documentos expedidos en el extranjero deben ser oficiales, emitidos por las autoridades competentes y legalizados por vía diplomática. Deben ir acompañados, en su caso, de su correspondiente traducción oficial al castellano.


    ¿Cuándo son devueltos los títulos originales que se presenten junto con la solicitud de homologación?

    Todos los documentos originales si se presentan junto con una fotocopia de los mismos, son devueltos una vez que se haya realizado la diligencia de cotejo, es decir, una vez se compruebe que la fotocopia se corresponde con el original. Se exceptúa el título original cuya homologación se solicita y la certificación original acreditativa de su expedición.

    Si las fotocopias estuvieran ya cotejadas (se hubiere comprobado que se corresponden con el original) y legalizadas ante Notario o por las representaciones diplomáticas o consulares de España en el país de donde proceda el documento, no será necesaria la presentación simultánea del original.


    ¿Cuál es el procedimiento de homologación?

    Una vez formulada la solicitud y se haya presentado toda la documentación que se exige, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, tiene que someter el expediente a informe de la Comisión Académica del Consejo de Universidades, que debe emitirlo en el plazo máximo de tres meses salvo en el caso que se exista un tratado o convenio internacional en el que España sea parte, en el que el informe no es preceptivo. Una vez recibido el informe, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte resuelve sobre la homologación solicitada. El plazo para resolver es de 3 meses.

    La resolución de concesión de homologación de títulos extranjeros de educación superior se formaliza mediante credencial expedida por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, previo pago de la tasa correspondiente.

    Contra la resolución denegatoria, que debe ser motivada, puede el interesado interponer los recursos administrativos y jurisdiccionales que legalmente procedan.
     

    * Existen supuestos en los que se exige que se realice y se superen pruebas complementarias.


    Legalización de documentos para España

    Los documentos que se tienen que presentar han de legalizarse. El procedimiento de legalización es diferente según el país que expidió el título.

    Si el país ha firmado el convenio de la Haya de 1961:

    Se deben apostillar los documentos. La apostilla es el certificado de autentificado. En cada país la autoridad competente para "apostillar" los documentos es distinta, siendo lo más común que se trate del Ministerio de Relaciones Exteriores


    ¿Cuáles son los países que han suscrito dicho convenio?

    Alemania, Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, Armenia, Australia, Austria, Bahamas, Barbados, Bélgica, Belice, Bielorrusia, Bosnia- Herzegobina, Botswana, Brunei - Darussalan, Croacia, Chipre, Colombia, El Salvador, Eslovenia, España, Estados Unidos de América, Federación de Rusia, Fidji, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islas Marshall, Israel, Italia, Japón, Lesotho, Letonia, Liberia, Liechtenstein, Luxemburgo, Macedonia, Antigua República Yugoslava, Malawi, Malta, Isla Mauricio, México, Noruega, Países Bajos, Panamá, Portugal, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, San Cristóbal y Nieves, San Marino, Seychelles, Suiza, Sudáfrica, Suriname, Swazilandia, Tonga, Turquía y Venezuela.

    Si el país ha firmado el convenio de Andrés Bello:

    Los documentos han de ser legalizados por vía diplomática: Han de presentarse los documentos en:

    • El Ministerio de Educación del país de origen para títulos y certificados de estudios y en el Ministerio correspondiente para certificados de nacimiento y nacionalidad.
    • El Ministerio de Asuntos Exteriores del país donde se expidieron dichos documentos.
    • La representación diplomática o consular de España en dicho país.

    ¿Qué países han firmado el Convenio Andrés Bello?

    Bolivia, Colombia, Chile, Ecuador, España, Panamá, Perú y Venezuela.

    Si el país no ha firmado ni el convenio de la Haya ni el de Andrés Bello:
    :
    Los documentos se legalizan por vía diplomática. Se han de presentar en:

    • El Ministerio de Educación del país de origen para títulos y certificados de estudios y en el Ministerio correspondiente para certificados de nacimiento y nacionalidad.
    • El Ministerio de Asuntos Exteriores del país donde se expidieron dichos documentos.
    • La representación diplomática o consular de España en dicho país.

    “La Sección de Legalizaciones del Ministerio Español de Asuntos Exteriores.

    Si los títulos fueron emitidos en uno de los siguientes países no necesitan ser legalizados:

    Francia, Alemania, Italia, Bélgica, Holanda, Luxemburgo, Reino Unido, Irlanda, Dinamarca, Grecia, España, Portugal, Austria, Noruega, Suecia, Finlandia, Islandia y Liechtenstein


    Pasos para continuar estudios universitarios en España

    Una de la opciones para venir a España es la de continuar estudios universitarios, (para lo cual además existe un visado especial). En ese caso les acercamos los requerimientos, los trámites, que exigen en la universidad de Zaragoza, pero que mucho se asemejan a otras universidades de este país.

    Solicitud de convalidación parcial

    Las personas que no hayan concluido sus estudios en una Universidad extranjera, o bien aquellas a las que se haya denegado la homologación de su título por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (cuando la resolución denegatoria haya indicado expresamente la posibilidad de obtener convalidaciones parciales), pueden solicitar la convalidación de estudios parciales en el centro en el que deseen completar sus estudios, con el fin de obtener el correspondiente título español.

    Los efectos de la convalidación de estudios parciales son, con carácter general, únicamente académicos, pues permiten continuar estudios dentro del sistema educativo español. Dichos estudios podrán culminar, en su caso, con la obtención del correspondiente título español, una vez superado el plan de estudios que sea de aplicación. Este título tendrá la plenitud de efectos que le correspondan, sin distinción alguna.

    Serán susceptibles de convalidación las asignaturas cursadas en el extranjero cuando el contenido y carga lectiva sean equivalentes y concurra alguna de las siguientes circunstancias:

    • Estudios cursados parcialmente en la misma enseñanza. Se exigirá constatación de que el interesado no tiene cursados los estudios completos para la obtención del correspondiente título en el país de origen.
    • Estudios totales de los que la homologación correspondiente haya sido denegada por el Ministerio de Educación y Cultura y se indique expresamente la posibilidad de convalidación de estudios parciales.
    • Para los estudiantes procedentes de países cuya lengua oficial no sea el castellano, se podrá establecer una prueba de idioma.
    • La petición de convalidación parcial se hará en el Centro donde se desea continuar estudios y serán resueltas por la Comisión de Docencia del mismo.

    Documentación a presentar

    • Certificación académica oficial de los estudios realizados y aprobados en el extranjero.
    • Programa de los contenidos del plan de estudios de las asignaturas de las que se solicita convalidación. Todos los documentos que se presenten deberán estar legalizados y legitimados por vía diplomática y, en su caso, traducidos al castellano por la autoridad competente.

    La obtención de plaza quedará condicionada a la resolución favorable de la convalidación de estudios parciales si se dan las siguientes circunstancias:

    • En los estudios con mayor demanda que oferta, si se le convalida primer curso completo o 60 créditos, según se trate de estudios no renovados o renovados respectivamente.
    • En los estudios en que la demanda es inferior a la oferta, únicamente será necesario convalidar una asignatura o 15 créditos, según se trate de estudios no renovados o renovados respectivamente.
    • Si el solicitante no obtiene la convalidación mínima señalada en el punto anterior, deberá superar las Pruebas de Acceso a la Universidad, salvo que los estudios preuniversitarios homologados le permitan acceder a los estudios deseados.

    Costos de los estudios universitarios en España

    El sistema de costos de los estudios universitarios en España, esta basado en un esquema de créditos por materia que el alumno debe cursar. El costo de los créditos en las universidades públicas lo establece cada Comunidad Autónoma, a través del instrumento jurídico denominado Decreto de Tasas Académicas. El importe varía anualmente y es establecido con base en una cifra máxima y una mínima que fija el gobierno central a través del Consejo de Universidades. El coste de cada crédito varia dependiendo de los estudios seleccionados.

    Para darle una idea al nivel de pregrado puede variar entre 8-12 Euros, debe tomar en cuanta que cada materia por lo general posee 4 créditos, para doctorados los costos de los créditos varían entre 20-40 Euros y los programas Master oscilan entre 2000 – 10000 Euros por año dependiendo de la institución. Aparte de estos debe incluir gastos por manutención, como lo son alimentación, vivienda, transporte, servicios básicos, etc. Para más información consulte

    http://www.aemigrar.com/preguntas/estudiar.php

     



     

     

     

     

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